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Juez Alito critica a la mayoría de la Corte Suprema por la orden “sin precedentes” de la Ley de Enemigos Extranjeros

Por John Fritze, CNN

El juez de la Corte Suprema Samuel Alito dio una crítica contundente durante el fin de semana reprochando a sus colegas por una orden temporal emitida horas antes que detuvo al presidente Donald Trump de deportar a un grupo de venezolanos bajo la Ley de Enemigos Extranjeros.

“Literalmente, en medio de la noche, la corte emitió una ayuda sin precedentes y legalmente cuestionable sin dar a las cortes inferiores la oportunidad de decidir, sin oír de la parte opuesta, dentro de las ocho horas de recibir la solicitud, con un dudoso apoyo fáctico para su orden y sin proporcionar ninguna explicación para su orden”, escribió Alito en un disenso al que se unió el juez Clarence Thomas.

Alito y Thomas, ambos miembros del ala conservadora de la corte, mencionaron su oposición inicialmente con una sola línea en la orden de la alta corte de la madrugada del sábado que bloqueó temporalmente al Gobierno de continuar con las deportaciones bajo la ley de tiempos de guerra de 1798. Alito indicó en ese momento que escribiría una opinión más detallada para explicar su postura. Ese disenso llegó tarde en la noche del sábado.

En él, Alito escribió que la alta corte actuó “de manera apresurada y prematura” para otorgar “ayuda” de emergencia “sin precedentes” a una clase supuesta de venezolanos que recibieron aviso de que eran elegibles para ser expulsados bajo la Ley de Enemigos Extranjeros. Grupos de derechos de inmigrantes dijeron que estaban preocupados por el hecho de que esas personas estaban en peligro de ser expulsadas inminentemente. Trump está tratando de usar la ley para acelerar las deportaciones y eludir los procesos de revisión habituales.

La escritura de Alito es el último desarrollo en una larga saga legal sobre el uso por parte de Trump de la amplia autoridad en tiempos de guerra para acelerar las deportaciones. Se espera que la Corte Suprema emita una orden más formal en los próximos días sobre si permitir que el Gobierno proceda con las expulsiones de un grupo de venezolanos que están detenidos en Texas.

Cuando el Gobierno de Trump invocó inicialmente la Ley de Enemigos Extranjeros en marzo, rápidamente cargó a cientos de venezolanos en aviones con destino a El Salvador antes de que las cortes tuvieran la oportunidad de revisar esas acciones. Desde entonces, la Casa Blanca ha afirmado que el Gobierno no puede devolver a ninguna de esas personas y ha resistido proporcionar a las cortes —o al público— información detallada sobre las deportaciones.

El Gobierno de Trump dice que las personas expulsadas son miembros de la pandilla venezolana Tren de Aragua, aunque grupos de derechos de inmigrantes han cuestionado esa conclusión en algunos casos.

Alito dijo que la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés), que representa a los inmigrantes, había “proporcionado poco apoyo concreto” para la afirmación de que los migrantes en cuestión estaban en peligro de expulsión inmediata.

“Me negué a unirme a la orden de la corte porque no teníamos buenas razones para pensar que, bajo las circunstancias, emitir una orden a medianoche era necesario o apropiado”, escribió Alito.

La orden emitida en la madrugada del sábado fue temporal, deteniendo la acción del Gobierno de Trump para dar a los jueces tiempo adicional para considerar una solicitud de la ACLU para detener las expulsiones. La orden no indicó hacia qué lado se inclina la corte sobre esa solicitud. Más temprano este sábado, el Departamento de Justicia presentó argumentos escritos instando a la corte a denegar la solicitud de la ACLU.

“El gobierno ha acordado no expulsar en virtud de la AEA a aquellos detenidos por la AEA que presenten reclamos de hábeas”, escribió el Procurador General de EE.UU., D. John Sauer, el principal abogado de apelaciones del Gobierno de Trump. “Esta corte debería disolver su actual suspensión administrativa y permitir que las cortes inferiores aborden las preguntas legales y fácticas relevantes en primera instancia, incluida la elaboración de un registro fáctico adecuado”.

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